martes, 23 de diciembre de 2014

CONVERSION NOMINAS SUBROGADOS IBERIA-AVIACO-INEUROPA-ACCIONA

 
Buenos días a todos/as.
          Hace ya tiempo que los sindicatos firmantes del III Convenio Colectivo de Acciona Airport Services mantenemos conversaciones con la dirección de la empresa por el tema de la conversión de las nóminas de los subrogados. También y así os lo hemos hecho saber en distintos comunicados, que aunque el tema estaba prácticamente cerrado, quedaban algunos importantes flecos por determinar.
          Este sindicato ha intentado por pasiva y por activa hacer entrar en razón a la dirección de la empresa en cuanto que la consolidación de los derechos ad personam (ayuda comida I y II,  plus de asistencia, plus de distancia y Complemento perdida de derecho) son derechos adquiridos que tenemos los trabajadores, y que con la propuesta de la empresa, algunos de ellos, con la excusa de blindar nuestras nóminas se verían reducidos considerablemente.
          Nosotros entendemos que el sistema de la foto fija solo beneficia al empresario, -- si el año pasado a un trabajador/ra se le descontó X por cualquiera de las causas contempladas en el Estatuto de los Trabajadores como absentismo laboral, ese dinero ya no lo volvería a ver, y si además el año que viene se vuelve a poner de baja, o pedir algún permiso, etc, se le volvería a descontar sobre algo ya descontado, es decir, un descuento sobre un descuento -- y por ahí no vamos a pasar, puesto que consideramos que eso es una clara modificación sustancial de las  condiciones de trabajo.
          Hasta que la dirección de la empresa no considere la protección del 100 por 100 de TODOS los derechos  de TODOS los trabajadores con un propuesta seria y equitativa, la USO  se niega desde este mismo momento a seguir negociando el hipotético blindaje de las nóminas de unos, a costa de la venta de los derechos adquiridos de otros.
          Sin más os seguiremos informando de las novedades que vayan surgiendo.

sábado, 20 de diciembre de 2014

NUEVA NORMATIVA SOBRE LAS BAJAS LABORALES

           En el año que vamos a entrar, va a ver importantes novedades de la gestión de las famosas bajas. Una parte de la normativa ya se encuentra en vigor, otra entrará en vigor en Enero, y otra en Marzo, por lo que creo necesario dar unas notas básicas a los trabajadores sobre los aspectos más novedosos de la nueva legislación:
  1. El parte de alta, surte efecto al día siguiente de ser emitido - el día que se emite todavía se está de baja - , y al día siguiente, el trabajador debe incorporarse a su puesto de trabajo. Este parte de alta debe entregarse en 24 horas una vez emitido.  -- ya en vigor -- .
  2. En los procesos de hasta 4 días de duración, el médico podrá dar la baja y el alta el mismo día.
  3. De los partes de baja y confirmación, se debe entregar copia a la empresa. Dicha entrega puede ser de forma física, o a través de e-mail, carta, otra persona, etc. 
  4. con la nueva normativa, los partes de confirmación que antes eran semanales, ahora podrán ser según la duración del proceso emitirse cada 14, 28 o incluso 35 días.
  5. Con la nueva ley, existe la obligación de que las mutuas entreguen al trabajador un informe que justifique el por qué han negado la baja por contingencias profesionales (accidente de trabajo o enfermedad profesional).
  6. También es novedad la obligación de la mutua de comunicar al trabajador que han propuesto el alta en la Seguridad Social. Estas propuestas de alta, solo existen para las contingencias comunes (baja por enfermedad o accidente no laboral), ya que las bajas por contingencias profesionales (accidente de trabajo o enfermedad profesional) es la mutua la que da las bajas y las altas.
  7. en los casos de baja por contingencias comunes, el mismo día de la baja, la mutua puede llamarte a revisión (obligatorio ir, salvo que se justifique la imposibilidad de poder hacerlo). También es novedad que estas citaciones se deben preavisar con una antelación de 4 días hábiles (sábados y domingos no cuenta).
  8. Cuando por accidente de trabajo la mutua dé el alta antes de tiempo, el trabajador podrá impugnar el alta en el plazo de 10 días hábiles siguientes a la notificación (antes eran 4 días) , lo que si sigue siendo 4 días es el plazo para impugnar altas del INSS
Así como vayan surgiendo novedades, os las iremos contando...
 

martes, 18 de noviembre de 2014

PROCESO DE RENOVACION DE LICENCIAS DE HANDLING EN LA RED DE AEROPUERTOS

          AENA  a través de su gabinete de prensa, a colgado una nota en donde se detalla la situación actual del proceso de renovación de las licencias, así como las ofertas que ha recibido para optar a los servicios de asistencia en tierra a terceros, en la categoría de handling de rampa, para los 19 mayores aeropuertos de la red.
         Como podréis comprobar se trata de concursos para aeropuertos de más de un millón de pasajeros en los que habrá dos o tres agentes dependiendo del tamaño.
Para una información detallada, os podéis descargar dicha nota de prensa pinchando aquí.
os seguiremos informando

martes, 14 de octubre de 2014

PROCESO DE CONVERSION DE NOMINAS DE LOS SUBROGADOS DE IBERIA-AVIACO-INEUROPA-ACCIONA


          Tras arduas reuniones con la dirección de la empresa, por parte de los sindicatos firmantes del III Convenio de Acciona Airport Services, USO informa que a falta de algunos flecos, el resultado del proceso de conversión de las nóminas supondrá lo siguiente:
– Cada trabajador, CONSOLIDARÁ lo que haya generado durante el año 2013 sobre los conceptos de: Ayuda comida I , Ayuda comida II, Asistencia, plus de distancia, y Complemento Perdida de Derecho.
– Al tratarse de conceptos que dependen mayoritariamente del turno (dietas) y no del coeficiente de jornada, los trabajadores/as con jornada reducida tienen un ad personam muy parecido al resto (algunos/as superior).
– En cuanto a las bajas de larga duración ha habido polémica. Se está negociando que se consolide la media de su departamento y, en caso de que el resultado de esa media fuese inferior al ad personam, se aplicaría lo más favorable. (Insistimos, esto se está negociando todavía)

Los BENEFICIOS de dicha conversión son entre otros:
– BLINDAMOS unos conceptos que podrían desaparecer en caso de una subrogación. Todos conocemos casos que han "perdido las plumas" con una subrogación.
– Podremos elegir el turno que MEJOR NOS VA sin preocuparnos de que genere dieta porque la cobraremos de todas formas.
– En los supuestos de PERMISOS (estudios, nacimientos, fallecimientos...) y BAJAS, NO HABRÁ DESCUENTO del plus de asistencia porque ya está consolidado en el ad personam.
- NOS ASEGURAMOS los conceptos FIJOS, que se engloban en un salario anual de una forma más clara que antes. Esto es también muy importante de cara a las dichosas subrogaciones.
- También SE REGULARIZA el plus de transporte, que pasa a devengarse por día efectivo de trabajo, tal y como marca el convenio (Pero a un importe superior)

Pendientes de los últimos detalles, estos puntos están prácticamente cerrados.

ANIMAMOS A TODOS LOS TRABAJADORES QUE LO DESEEN A QUE SE PONGAN EN CONTACTO CON NUESTRA SECCION SINDICAL PARA MÁS INFORMACIÓN
Os informaremos de todo el contenido en cuanto se firme el acuerdo y de los futuros pasos.

miércoles, 24 de septiembre de 2014

FIRMA DEL III CONVENIO COLECTIVO ACCIONA AIRPORT SERVICES S.A.



Buenos días a tod@s.
    El 22 de Septiembre de 2014, se procedió  por fin a la firma del III Convenio Colectivo de Acciona Airport Services S.A., asegurando así la continuidad de los derechos laborales de la plantilla. - os lo podéis descargar pinchando aquí
Dicha firma no ha sido fácil, ya que en sendas reuniones anteriores a la misma, se ha estado negociando duramente durante un año con la dirección de la empresa el mantenimiento de los derechos de todos los trabajadores afectados.
Dentro de las novedades más destacables a las que se puede hacer referencia, esta la introducción de unas nuevas tablas salariales, con la aparición de un quinto nivel que antes no estaba, o la conversión de las nóminas de los subrogados de Iberia-Aviaco a Inheuropa-Acciona, en donde se blindan derechos adquiridos que de otra forma, y con el horizonte amenazador de posibles subrogaciones podrían estar en entredicho.
Todos conocemos de sobra el marco actual en el que nos ha tocado negociar, con una crisis que dura ya casi siete años, en donde el Gobierno de esta nación va por la tercera reforma laboral, poniendo en serias dificultades la posición negociadora de los agentes sociales.
Por todo ello, y desde esta organización sindical creemos que la firma de este nuevo Convenio, en los términos en que se ha producido como resultado del esfuerzo de los que han intervenido, da un balance global positivo al garantizar por un lado el manteniendo del poder adquisitivo de los trabajadores, y por otro, la continuidad de unos derechos laborales que tanto esfuerzo ha costado ganar. y tanto sudor cuesta mantener.
Sin más, y así como vayan surgiendo novedades, os seguiremos informando.

jueves, 18 de septiembre de 2014

TEMPORALIDAD EN ACCIONA

          El pasado día 17 de Septiembre de este año, el Comité de empresa de la base de MAHÓN,  junto con el Jefe de RR HH mantuvieron una reunión con inspección de trabajo.
 
          Inspección, entiende que los puestos de trabajo repetitivos en temporalidad deben cubrirse con personal fijo discontinuo, sin descartar el personal eventual, y no entiende que últimamente se contrate un año sí,  otro no, y el siguiente sí. Según opinión de inspección, eso no se puede hacer.
 
          Inspección, después de escuchar a las partes, concede un margen de tiempo para que ambas puedan estudiar los contratos y valorar los trabajadores que pueden ser transformados en fijos discontinuos. De no ser razonable el resultado final, una vez analizados los contratos y los puestos de trabajo, inspección podrá definir lo que corresponde a contratos fijos discontinuos o eventuales, según desempeño del trabajo y las temporadas realizadas.

A la espera de nuevas noticias, os seguiremos informando puntualmente de las mismas.

martes, 15 de julio de 2014

REAL DECRETO JORNADAS ESPECIALES – CAMBIOS DE TURNO --


Buenos días a tod@s.
           Al hilo del artículo anterior, esta sección se despedía expectante con lo que pudiera ocurrir en la reunión del día 14 entre la Comisión Permanente y la dirección de Acciona. El tema a tratar y que quedaba por zanjar era solucionar el problema de los descansos mínimos de diez horas que nos imponía la empresa, de esta manera era inviable poder cambiar turnos, de hecho, esta restricción a provocado la extinción voluntaria de muchos trabajadores eventuales y otros compañeros FD´S que han tenido que dejar otros trabajos por la imposibilidad de cambiar los turnos.
          En una de las primeras reuniones, el Jefe de personal nos manifestó que si encontrábamos una solución legal aceptarían nuestras propuestas, y como es habitual la sección sindical USO hizo sus deberes e indagó si cabía la posibilidad legal de que se pudiesen cambiar los turnos con descansos inferiores a 10 horas.
Finalmente, en el RD de Jornadas especiales encontramos la solución legal que os expusimos en el articulo anterior y así se lo transmitimos tanto al resto de secciones sindicales como a la propia empresa, la cual, en un principio fue reacia a dicha solución. Tras varias negociaciones, esta sección hizo una exposición por escrito de los motivos por los que se nos podría aplicar la ley que permitiese descansar con un mínimo de 7 horas siempre que los trabajadores recuperasen en los días inmediatamente siguientes las horas no descansadas.
El propio argumento dejó en evidencia que no había que hacer ningún tipo de maniobra especial, sino que podríamos seguir realizando los cambios de turno que llevamos haciendo desde hace más de 15 años, pero esta vez con amparo legal.
La reunión del 14 de Julio ha sido muy productiva, ya que la empresa vuelve a permitir los cambios de turno, a partir de la regulación siguiente:
  • Se aprueban los cambios de turno de menos de 10 hrs. de descanso.
  • Hasta que se implanten en el programa Shifts, y a partir del día de hoy, Martes 15 de Julio, se podrán hacer en papel.
  • Los descansos entre turnos deben ser mínimo de 7 hrs; el resto de horas a compensar hasta las 12hrs que marca el Estatuto de los Trabajadores, deberán compensarse en los DOS días inmediatos al cambio realizado, lógicamente, los Libres semanales también cuentan.
  • Se podrán cambiar turnos entre personal fijo y fiji, 8hrs. x 9 hrs., a éstos se les adecuará el turno a su jornada de 9 hrs., se incluye en este apartado al personal FD a jornada completa.
  • los cambios de libre semanal por libre semanal que no sean del mismo mes, la empresa nos contestará en breve.
          El 5 de Julio, el máximo responsable de Acciona Airport Services S.A.U., manifestó en el diario Ultima Hora, que el bien más preciado de Acciona es la profesionalidad de toda la plantilla, a lo que nosotros queremos añadir, que si somos buenos en realizar nuestro deberes, también lo somos en defender nuestros derechos.
          Finalmente manifestar que mientras USO siga formando parte del Comité de Empresa, seguiremos trabajando como hasta ahora en encontrar las soluciones legales que nos protejan de las imposiciones unilaterales que implanta esta compañía a sus trabajadores/as.

Un saludo, y así como vayan surgiendo novedades os seguiremos informando.

sábado, 12 de julio de 2014

REAL DECRETO DE JORNADAS ESPECIALES -- CAMBIOS DE TURNOS --


Buenos días a tod@s.
Como ya sabréis, puesto que lo estamos sufriendo en nuestras propias carnes desde hace unos cuantos meses, cambiar turnos con los compañeros/as se hace cada vez más difícil, y esa dificultad afecta al derecho que tiene reconocido el trabajador a conciliar su vida familiar con la laboral.
         Dos de los grandes motivos que han hecho que esa conciliación resulte casi imposible son por un lado, la diferencia en el número de horas que existe entre los turnos de los trabajadores, y por otro la limitación de cambios de turno en los que no haya un descanso mínimo de 10 horas entre ellos.
         En primer lugar, en cuanto a los cambios de turno con diferencia en el número de horas, la dirección de la empresa se negaba a que se pudieran realizar, plasmándose en un mensaje de error cuando intentabas cambiarlos a través del programa Acciona Shifts. Como no podía ser de otra manera, el Comité presionó sobre este punto, y se consiguió que se pudieran realizar cambios pero con la aparición de una bolsa de horas en positivo o negativo para los trabajadores que realizasen dichos cambios, es decir, si yo en la actualidad realizo un cambio de 9h con otro trabajador que tiene programado un turno de 8h, el cambio se permite, yo paso a realizar el turno de 8h, y en el programa me aparece una bolsa de horas a compensar de 1h, y al compañero al revés.
        Como la devolución de esa hora se hace muy problemática, el miércoles pasado día 9 aprovechando la reunión del Comité de Empresa, éste negoció con la dirección la desaparición de dicha bolsa, de tal manera que si se realiza el cambio anterior yo sigo haciendo el turno de 9h pero con el horario cambiado. No fue cosa fácil, pero parece ser que se aceptó por parte de RRHH, aunque a día de hoy planificación no tiene constancia de dicho acuerdo, no se sabe bien si por olvido por parte de Recursos Humanos a la hora de enviar la orden, o por falta de coordinación entre departamentos, lo cierto es que yo ayer – día 11 – intenté cambiar con un compañero, y me lo negaron, así que estaremos a la espera de que dicho acuerdo se haga efectivo.
El segundo punto – las diez horas de descanso obligatorio entre turnos – viene desde que un compañero nuestro sufrió un ataque cardíaco e Inspección de Trabajo lo primero que hizo fue requerir a RRHH la hoja de turnos a fin de comprobar si se habían cumplido los descansos mínimos obligatorios. Se habían cumplido.
          Esta empresa, puesto que está abierta 24h al día, y en régimen de turnos, se le aplica el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, en donde en su artículo 9 "Descanso en jornadas y semanal", marca entre otras cosas, "se deberá respetar en todo caso un descanso mínimo entre jornadas de diez horas...". De ahí el celo que pone la dirección a la hora de limitar los cambios, ya que de no ser así y producirse algún accidente deberían responder ante la autoridad laboral. Ahora bien, el Artículo 19.2 de ese mismo RD establece que "En dichas empresas, cuando al cambiar el trabajador de turno de trabajo no pueda disfrutar del descanso mínimo entre jornadas establecido en el apartado 3 del artículo 34 del citado Estatuto, se podrá reducir el mismo, en el día en que así ocurra, hasta un mínimo de siete horas, compensándose la diferencia hasta las doce horas establecidas con carácter general en los días inmediatamente siguientes".

          Como podéis comprobar, el mismo RD que nos limita los cambios, nos da la solución, por lo que la negativa por parte de la empresa es sólo una expresión de falta de voluntad a la hora de  querer satisfacer las necesidades de conciliación familiar que tiene la plantilla.   Por este motivo, el Comité de empresa se reunión con carácter extraordinario el día 2 de Julio para tratar el tema, acordando que la Comisión Permanente se reúna con carácter urgente con la dirección de la empresa a fin de resolverlo, convocando manifestaciones en caso contrario. -- os podéis bajar el Acta pinchando aquí -

Dicha reunión se celebrará el próximo lunes día 14.... habrá que cruzar los dedos ...

Os seguiremos informando.


miércoles, 9 de julio de 2014

ACTA CSS ENERO 2014

          Buenos días a tod@s..
Ya tenéis a vuestra disposición el último acta firmada del Comité de Seguridad y Salud en donde podréis informaros de los últimos acuerdos alcanzados sobre esta materia.
Entre ellos, comentaros que en el punto 4, sobre los descansos de los supervisores, ya están parametrizados en el inform.
En el punto 5 se habla del poco uso que se le da al protocolo de mantenimiento instalado en nuestra empresa, haciendo hincapié en la importancia que tiene la comunicación efectiva de los desperfectos que puedan tener los equipos, ya que nuestra seguridad - la de los trabajadores - depende del buen estado de los mismos, y ante las recurrentes peticiones por parte tanto del personal como de los delegados sindicales sobre este tema, este comité ha acordado realizar controles sobre el uso efectivo de dicho protocolo durante los meses de mayor actividad en la empresa.
Para más información, os podéis descargar el acta  pinchando aquí.

lunes, 2 de junio de 2014

PREACUERDO DE LA COMISION NEGOCIADORA DEL III CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE SERVICIOS DE ASISTENCIA EN TIERRA EN AEROPUERTOS

Buenos días a tod@s.
          A 30 de Mayo, se alcanzó un preacuerdo para el establecimiento del nuevo Convenio Colectivo del Sector, y con este, ya será el tercero que regulará con una vigencia hasta el 31 de diciembre del 2015 aspectos fundamentales de la prestación laboral en nuestro sector.
        Dentro de la multitud de materias sobre las que se han pactado,  está la jornada, que se mantendrá en las 1.712h actuales, con la novedad de que en dicho cómputo anual, no se podrá superar el 50 % de las mismas en jornada fraccionada para los trabajadores fijos a tiempo completo.
Otros de los muchos pactos alcanzados, están  la actualización en la redacción, con la inclusión de las últimas novedades de las reformas laborales implantadas por el Gobierno, además de acuerdos específicos en contratación fija, clasificación profesional, bolsa de empleo, o la inclusión de los pactos alcanzados a través de la Comisión Mixta Paritaria.
También ha habido acuerdos sobre la actualización de las tablas salariales, o las percepciones mínimas brutas anuales.
Pinchando aquí, podréis comprobar la multitud de materias sobre las que se regula en dicho preacuerdo, del que más adelante daremos debida cuenta.
Esperando que dichas novedades sean de vuestro interés, un saludo, y os seguiremos informando.

NEGOCIACION EN MENORCA

Buenos días a tod@s
Los pasados días 4 y 16 de Abril, se mantuvieron dos reuniones en el Aeropuerto de Menorca, reuniones entre la empresa y los  respresentantes de los trabajadores por motivo del  inicio de la temporada  2014,  con el fin de negociar materias "entre otras":
- Sistema de llamamientos: en donde nuestra compañera, manifestó su disconfomidad con dicho proceso, quedando pendiente de modificación -- si se acuerda -- para el próximo año.
- Turnos básicos: se establecen nuevos turnos para dicho personal.
- Flexibilidad: Se consensúa la necesidad  de que debido a la especial distribución de las cargas de trabajo de este año, la empresa mejore el  número de horas de contratación mediante pactos de flexibilidad de jornada para esta temporada.
 
        Además de las materias arriba indicadas que han sido objeto de negociación, en las Actas aparecen otras no menos relevantes.
Para todos aquell@s que deseen profundizar en dichas negociaciones, os podéis descargar las Actas, pinchando aquí.
Sin más, y en cuanto surjan novedades, os seguiremos informando.
Atentamente. un saludo.

martes, 27 de mayo de 2014

ACTA DE MAYO Y NUEVA REFORMA LABORAL

Buenos días a tod@s.
          En la última reunión del Comité de Empresa "Mayo", uno de los puntos más polémicos que se trataron fue el cambio unilateral y sin previo aviso que realizó la dirección sobre la rueda de turnos de los Fd´s, con la consecuencia de la pérdida del disfrute de  los sábados y parte de los domingos a los que los trabajadores hemos tenido el derecho de disfrutar hasta el día de hoy. -- podéis descargárosla pinchando aquí -- .
          Evidentemente y como no podía ser de otra manera, la reacción por parte de los representantes de los trabajadores no se ha hecho esperar, y después de varias reuniones, en las que la empresa utilizando el regateo como sistema de eliminación paulatina de los derechos de los trabajadores, la comisión de turnos se plantó en un "o nos devuelves a la situación anterior o vamos de conflicto" , empezando por poner en conocimiento de Inspección de Trabajo lo que consideramos es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, y acabando por no descartar movilizaciones para este verano. 
          Ante las presiones de la parte sindical, la empresa cedió en parte, devolviendo a los Fd´s la posibilidad de disfrute de parte de los sábados (2)  y lo domingos que antes se disfrutaban.
          Este sindicato, tal y como reza en el Acta, no aceptamos que se cambie absolutamente nada, ya que en la firma del Acuerdo de Contratación de Verano de este año, se contemplan las mismas condiciones que las del año pasado, y cuando decimos las mismas, también entran las mismas ruedas y los mismos libres, por lo que desde aquí queremos hacer llegar a todos los trabajadores afectados, que el Fd´s que no esté de acuerdo con el ofrecimiento de la empresa, y quiera plantear el reconocimiento de su derecho de disfrute en las mismas condiciones que el año anterior, puede ponerse en contacto con los delegados sindicales de USO Acciona Airport Services PMI, para la gestión de la correspondiente demanda de derecho.
Sin más y en espera de nuevas noticias, os seguiremos informando.

miércoles, 7 de mayo de 2014

VULNERACIÓN DEL ACUERDO DE VERANO 2014

Buenos días a tod@s.
          Hace prácticamente un mes y medio que hemos empezado en el aeropuerto de Palma de Mallorca la temporada de verano, y el acuerdo de contratación que se firmó el 28 de Marzo, ya se está vulnerando.  -- os lo podéis descargar pinchando aqui -- .
          No sabemos que pasa, de pronto se cambian las ruedas de los Fd`s que no están a 40h, y se elimina por arte de magia el sábado que han podido disfrutar historicamente, sin previo aviso  y de forma alevosa, por lo que ante la alarma que corre entre dicho personal, hemos tenido que enviar carta urgente de aviso a la dirección -- os la podéis descargar pinchando aqui -- , la cual, haciéndose la sorprendida, promete estudiar un caso que pareciera tiene vida propia.
          Como podréis comprobar más adelante, no solo se aplica de forma irregular las ruedas de libranzas, sino que también afecta a los horarios de los turnos, en donde prácticamente no hay un solo día de la semana que realices el mismo horario -- hoy entras a las 08, mañana a las 11, pasado a las 14 y el otro quien sabe ya cuando -- , y lo peor de todo es que no es algo esporádico, sino una práctica que se está convirtiendo en habitual,  extendiéndose al resto de bases de la compañía, y para ejemplo, la denuncia que han tenido que interponer nuestros compañeros de Menorca sobre este extremo. -- para descargar dicha denuncia pinchar aqui --.

sábado, 22 de marzo de 2014

ACTA COMITE SEGURIDAD Y SALUD 04/2013

Buenos días a todos/as.
Aqui os adjunto el documento de la última acta firmada en el seno del CSS, a efectos de publicidad del mismo. Para bajarse dicho documento, podéis pinchar aqui
Como podréis comprobar, se tocan temas como el horario de los reconocimientos médicos, o la contratación a través de ETT´s, la siniestrabilidad en nuestra empresa, etc..
En la actualidad, se están tratando temas como la necesidad de que estén introducidos los descansos en el inform del departamento de pasaje, el estado de las peticiones sobre la implantación del nuevo programa Acciona Shifts, que de momento trae bastantes problemas para el personal, etc..
De estos últimos temas, se informará en la entrega del proxímo acta.
Sin más, y así como vayan surguiendo nuevos temas, os seguiremos informando, sin perjuicio de que podáis vosotros/as mismos/as proponer a través de este foro temas a debate..
Un saludo.

jueves, 20 de febrero de 2014

NEGOCIACION III CONVENIO COLECTIVO ACCIONA AIRPORT SERVICES (2)

          A día de ayer, 19 de Febrero de 2014, se reunieron los miembros de la Comisión negociadora del III Convenio Colectivo de Acciona Airport Services, en donde se llegó a un preacuerdo para la firma final del Convenio.
Los puntos incluidos en dicho preacuerdo son:
- Vigencia de dos años :  2013, 2014 
- Mismo ámbito territorial que el Convenio anterior.
- Revisión salarial sobre las tablas:  2013 incremento del IPC real 0,3 ; 2014 incremento del 0,5
- Sustitución de las tablas salariales del II Convenio por las incluidas en el Anexo I del preacuerdo.
- Adaptación de las nóminas de los subrogados de Iberia a Ineuropa, y de ésta a Acciona.
- Adaptación del articulado del II Convenio a la legislación actual.

          Para más detalles, los que queráis descargaros los documentos relacionados con dicha negociación, lo podéis hacer pinchando el en subrayado. -- Acta 8 -- ; -- Preacuerdo --
Así como vayan surgiendo nuevas noticias, os seguiremos informando.

miércoles, 12 de febrero de 2014

NEGOCIACION DEL III CONVENIO COLECTIVO ACCIONA ARIPORT SERVICES

          Hoy día 12 de Febrero, la comisión negociadora para el III Convenio Colectivo de Acciona A.S.SAU ha mantenido su octava reunión con la Dirección de la Empresa, donde a juicio de este sindicato las posiciones de las anteriores reuniones se han venido “suavizando”, lo que podría conllevar en una fecha muy cercana, a la firma del Convenio. En estos momentos y a falta de unos pequeños flecos, quedaría así:
  1. Vigencia 2 años : 2013-2014, por lo que el 2015 sería año de negociación.
  2. Ámbito territorial: la empresa pretendía que solo fuera el ámbito de Baleares; los sindicatos nos hemos negado y, al final, será de ámbito estatal, igual que ahora.
  3. Subida salarial: los sindicatos proponemos para el año 2013 una subida del 0,3% , y para el 2014 del 0,7 %... la propuesta de la Empresa era que el aumento salarial NO fuera consolidable, cosa que los sindicatos rechazamos de plano. En estos momentos, la propuesta presentada por los sindicatos UGT y USO es
    1. Año 2013: + 0,3% ; año 2014: + 0,5 CONSOLIDABLE en tablas – la empresa contestará en la próxima reunión – .
    2. La inclusión de los aeropuertos H 16 con sus tablas salariales diferenciadas.
    3. La eliminación de las progresiones del nivel cuarto, respetando la progresiones de dicho nivel que tengan lugar durante la vigencia del convenio. (2014).
    4. Conversión de la nómina a los trabajadores que fueron subrogados de Ineuropa a las tablas de ACCIONA Airport Services, convirtiendo los conceptos históricos en garantías adpersonam ( aac,ccc...; ) – la redacción de dicha conversión deberá ser clara y precisa –
          El resto de convenio quedaría tal como está en toda su redacción, añadiendo o quitando lo que se derive de las nuevas leyes.
Desde USO pensamos que el acuerdo esta cercano, manifestado así nuestra predisposición a la firma del mismo. El próximo día 19 habrá una nueva reunión, y esperamos que la empresa asuma y valore de forma positiva el esfuerzo que se está realizando por parte de toda la plantilla y de los sindicatos implicados.
Pinchando en las Actas, dispondréis del texto de las reuniones celebradas.  Acta5 ; Acta6, Acta7
Así como vayan surgiendo nuevas noticias, os seguiremos informando.


jueves, 9 de enero de 2014

ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES ACTUALIZADO

           Puesto que parece que este Gobierno sigue convencido en que el motivo de tanto paro es la falta de flexibilidad en nuestra regulación laboral, y con el objeto de superar las actuales supuestas debilidades en materia de contratación y flexibilidad en la organización del tiempo de trabajo, el pasado 21 de Diciembre fue publicado en el BOE el RDL 16/2013 en el que se recogen una serie de medidas aprobadas que inciden particularmente en el contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores, en el contrato de trabajo a tiempo parcial y el contrato de trabajo en prácticas, de las que damos cuenta:
          Se  permite celebrar el denominado contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores también a tiempo parcial.
          Se acorta la duración del periodo de prueba en los contratos de duración determinada y se incrementa la flexibilidad del tiempo de trabajo en lo referente a la distribución irregular de esa jornada.
          En materia de conciliación de la vida laboral y familiar, se amplía el supuesto de reducción de jornada y de salario por cuidado de menores desde los actuales ocho a doce años.
 
Medidas para flexibilizar el contrato de trabajo a tiempo parcial.
  • Desaparece la posibilidad de que los trabajadores contratados a tiempo parcial puedan realizar horas extraordinarias, salvo los supuestos previstos en el artículo 35.3 del ET.
  • Se modifica el régimen de las horas complementarias para flexibilizarlo reduciendo el plazo de preaviso para la realización de las mimas, pudiéndose incrementar el número de horas complementarias que pueden realizarse. Solo cabe la realización de horas complementarias si la jornada ordinaria establecida en el contrato es de al menos diez horas semanales, en cómputo anual.
  • Se establece una obligación de registro de la jornada de los trabajadores a tiempo parcial.
  • El periodo de prueba de los contratos de duración determinada cuya duración no sea superior a seis meses, no podrá exceder de un mes, salvo que el convenio colectivo de aplicación prevea otra cosa. Se actualiza también el régimen de interrupción del periodo de prueba, ampliándolo a otras situaciones relacionadas con la maternidad y la paternidad.
  • Se prevé la reducción, en un 1 %, del tipo de cotización por desempleo para los contratos de duración determinada a tiempo parcial.
Contratos en prácticas.
  • Se modifica la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal, posibilitando que estas cedan a empresas usuarias trabajadores contratados bajo la modalidad de contrato de trabajo en prácticas, en línea con recientes modificaciones normativas que ya hicieron posible la cesión de trabajadores con contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje.
  • Se modifica la Ley 3/2012, de 6 de julio, para extender las bonificaciones por transformación en indefinidos de contratos en prácticas a las empresas usuarias que  concierten un contrato de trabajo por tiempo indefinido con trabajadores en prácticas cedidos por una empresa de trabajo temporal.
Todas estas modificaciones ya están incluidas en el nuevo  Estatuto de los Trabajadores, el cual está disponible para todos aquellos/llas que quieran estar actualizados en cuanto a regulación laboral se refiere.
Os lo podéis descargar pinchando aquí.
Sin más, os seguiremos informando.